sábado, 27 de mayo de 2017

CONSTITUCIÓN DE 1978

La Constitución de 1978 se redacta durante la Transición Democrática tras la muerte de Franco en 1975, cuando se restauraron las instituciones democráticas. Fue fruto del consenso entre algunos dirigentes franquistas y la oposición, a la que se facilitó su integración en el sistema a cambio de la supresión de algunos de los aspectos más radicales de sus respectivos programas, como el independentismo de los nacionalistas vascos y catalanes. El 15 junio de 1977 se celebraron las primeras elecciones democráticas que España había tenido desde 1936.La formación ganadora fue la UCD de Suárez. Los redactores del anteproyecto de la constitución fueron, Miguel Herrero de Miñón, Gabriel Cisneros y José Pedro Pérez-Lorca de UCD, Gregorio Peces Barba del PSOE, Jordi Solé Tura del PCE, Manuel Fraga de AP, Miquel Roca de los nacionalistas catalanes. Se trata de uno de los textos más constitucionales más extensos de la historia de España, ya que consta de 169 artículos. Tomó como modelo la de 1931 y otras europeas como la de la RFA. No es una Constitución partidista, ya que fue fruto de un amplio consenso político entre las fuerzas de izquierda y de derecha. Fue aprobada por una amplia mayoría.

Momento en que el rey Juan Carlos sanciona la Constitución

Establece una soberanía nacional única. Se desarrolla una amplia declaración de derechos fundamentales y libertades civiles y políticas, estableciendo la no discriminación por razones de edad, sexo, raza, y religión, fijándose el derecho a voto mediante sufragio universal a partir de los 18 años. España es definida como un Estado social y democrático de derecho, organizado mediante una monarquía parlamentaria en la que la Corona tiene función representativa. Se regula la separación de poderes en ejecutivo, que recae en el Gobierno elegido por las Cortes, legislativo, en las Cortes bicamerales (en el Congreso de los Diputados y el Senado), y el judicial que recae en los tribunales y cuya instancia suprema es el Tribunal Constitucional.

Se instaura un sistema político y administrativo descentralizado con la creación de Comunidades Autónomas en todo el territorio. Estas comunidades se regularon mediante estatutos que fijaron sus competencias. El Estado es aconfesional, dando libertad de culto pero a su vez cooperando con la Iglesia Católica. Las fuerzas armadas están sometidas al poder civil.

Se garantiza la convivencia democrática dentro de la Constitución, dando lugar a un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad popular, promoviendo el progreso de la cultura y la economía y protegiendo a todos los pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus lenguas, culturas, tradiciones e instituciones.

Para todo ello fue necesaria la desaparición de la legislación franquista más explícitamente antidemocrática, junto a una profunda reforma del Código Penal y el Código de Justica Militar.


Como conclusión, esta constitución supuso el fin de la dictadura y el retorno de la democracia, lo cual hacía a España equipararse al resto de países europeos y allanar el camino para las reformas que supondrían el progreso económico y el posterior ingreso en la UE, de la cual España salió beneficiada. También, tras casi 40 años de dictadura, se reconocieron las libertades y algunos derechos fundamentales negados durante el franquismo, y que muchos españoles ni siquiera habían llegado a conocer.

CONSTITUCIÓN DE 1931

La República se proclamó como consecuencia del descrédito que el régimen monárquico tenía desde la llegada al poder de Alfonso XIII y la crisis del 98, y que se hizo mayor tras las crisis de 1909, 1917 y 1923, y que fue definitivamente desprestigiado tras la dictadura de Primo de Rivera. El gobierno del almirante Aznar decidió convocar elecciones municipales el 12 de abril de 1931. En la mayoría de las capitales de provincias y grandes ciudades, donde era difícil volver a realizar las prácticas electorales de la Restauración, ganaron los firmantes del Pacto de San Sebastián en 1930, entre socialistas y republicanos, que plantearon estas elecciones como un plebiscito sobre la monarquía. También se había creado un Comité Revolucionario, algunos de cuyos líderes fueron arrestados, para acelerar este proceso. Los resultados de las elecciones municipales convencieron al Rey a firmar su abdicación, y el 14 de abril el Comité Revolucionario del Pacto se convirtió en Gobierno provisional y proclamó en la Puerta del Sol de Madrid la Segunda República, al mismo tiempo que el rey marchaba al exilio. El Gobierno convocó en junio elecciones a Cortes constituyentes. Estas Cortes, compuestas por una abrumadora mayoría republicano-socialista, reflejaban la gran popularidad del recién nacido régimen republicano. La constitución fue elaborada por una Comisión parlamentaria, formada por diputados de estas Cortes Constituyentes. Las Cortes recibieron el proyecto de Constitución, que se aprobó el 9 de diciembre de 1931. Obtuvo el rechazo absoluto de los partidos de derechas y católicos, y de los republicanos moderados como el Presidente del Gobierno Alcalá-Zamora, que fue sustituido por Manuel Azaña y nombrado Presidente de la República.



La Constitución tenía un carácter democrático y progresista. España fue definida como una “república de trabajadores de todas las clases sociales”. Reconocía la soberanía popular, reconociendo que no existe ningún poder por encima del pueblo español. La estructura del Estado correspondía a una república, con una división de poderes clásica. El poder legislativo recaía en las Cortes, de carácter unicameral, elegidas por sufragio universal masculino y femenino para mayores de 23 años. Tenían preeminencia sobre el Gobierno y el jefe del estado. El poder ejecutivo recaía en el gobierno y el jefe de estado, que era el Presidente de la República, elegido por los diputados y unos compromisarios electos por los ciudadanos, tenía escasas atribuciones y un mandato de seis años. El poder judicial recaía en los tribunales. El estado se configuraba de forma integral, pero aceptaba la posibilidad de constituir gobiernos autónomos en algunas regiones. Se establecía la laicidad del estado y el fin de los privilegios de la iglesia. Se garantizaba la igualdad absoluta ante la ley, la educación o el trabajo y la no discriminación por origen, sexo o riqueza. Se instauraba la educación primaria y gratuita. Se reconocía la facultad del gobierno para expropiar bienes de utilidad social y se definía el trabajo como obligación social. También se reconocían el matrimonio civil y el divorcio.



Como conclusión, esta constitución fue un gran avance en los derechos de los trabajadores, y especialmente de las mujeres, a las que por fin se les reconocía como iguales. Sin embargo, fue quizás demasiado adelantada a su tiempo, especialmente en la religión, lo que provocó la separación de los sectores más moderados de la república, y que en última instancia fue una de las causas del levantamiento militar que provocó la Guerra Civil.

CONSTITUCIÓN DE 1812

La Constitución de 1812 fue la primera en la historia de España. Tras la Revolución Francesa en 1789, Carlos IV se unió a una coalición militar contra Francia, y tras ser derrotado, por la Paz de Basilea de 1795 España queda subordinada a los intereses franceses. En 1807, por el Tratado de Fointainebleau España autorizaba a Francia a invadir Portugal a través de España. Pero el ejército napoleónico fue ocupando plazas estratégicas y ocupando la Península. Napoleón obligó al rey Carlos IV y a su hijo Fernando VII a abdicar en su hermano, José Bonaparte. Convocó Cortes en Bayona, donde se aprobó el Estatuto de Bayona, una carta otorgada de contenido reformista y liberal. Tras el levantamiento de Madrid el 2 de mayo de 1808 se generalizó la revuelta. Los patriotas crearon juntas, que se aprovecharon del vacío de poder, que crearon la Junta Central Suprema que reconoció a Fernando VII y asumió la autoridad hasta su retorno. Esta Junta convocó Cortes y, en una consulta, los españoles señalaron a los gobiernos de Carlos IV como responsables de la crisis. La Junta no pudo sobreponerse a las derrotas militares y fue reemplaza por una regencia encabezada por el obispo de Orense, que convocó Cortes en Cádiz, única ciudad que resistía el asedio. Se acordó que estas serían unicamerales, y fueron inauguradas en septiembre de 1810, aprobándose que eran depositarias de la soberanía nacional y que ejercía en poder representando a los ciudadanos de la nación, y reconocían a Fernando VII como rey.

Momento de la promulgación de la Constitución de 1812

El 19 de marzo de 1812 aprobaron la primera constitución de la historia española. Reconocía la soberanía nacional, que recaía en las Cortes, que ejercían el poder en representación de los ciudadanos. Se definían los derechos del ciudadano (de petición, de educación y de propiedad), las libertades civiles (de pensamiento, opinión e imprenta) y la igualdad jurídica y fiscal a través del reparto proporcional de los impuestos. La estructura del Estado correspondía a una monarquía limitada, con una división de poderes. El poder legislativo recaía en las Cortes, elegidas por sufragio universal masculino para mayores de 25 años por un sistema de elección indirecto, en varias instancias electivas (parroquia, municipio y provincia). Poseían la potestad de elaborar leyes, aprobar los presupuestos y tratados internacionales y comandar al ejército. Se reunían anualmente y se nombraban por períodos de dos años y no eran reelegibles inmediatamente. El cargo de diputado era incompatible con el de ministro. El poder ejecutivo recaía en un gobierno elegido por el monarca, que era la cabeza de este, y que intervenía en la elaboración de leyes a través de la iniciativa y la sanción, y tenía veto suspensivo durante dos años. El poder judicial recaía en los tribunales, con jueces inamovibles, derechos penales y procesales y códigos únicos en materia civil, criminal y comercial, que creaban garantías en los procesos. El estado se organizaba territorialmente en municipios y provincias, incluidos los territorios americanos, cuyos ciudadanos (incluidos los indígenas) eran considerados ciudadanos. Se reconocía la confesionalidad católica del Estado, prohibiendo expresamente cualquier otra confesión. Se creaba el ejército nacional, con un servicio militar obligatorio y se regulaba la Milicia Nacional, un cuerpo de ciudadanos armados dispuestos a defender el liberalismo frente a quien se opusiera a su desarrollo. Se establecía la libertad económica con la supresión de los gremios, abolición de los señoríos, libertad de cercado de tierras para poner fin al predominio ganadero de la Mesta, libertad de industria y de contratación y desamortización de las “manos muertas”, bienes de nobleza, Iglesia y ayuntamientos que no podían venderse. También se garantizaba la seguridad individual a través de la inviolabilidad del domicilio y abolición de la tortura, así como una enseñanza primaria obligatoria.


Como conclusión, esta constitución supuso la ruptura con el Antiguo Régimen, estableciendo los principios liberales, aunque debido al contexto apenas tuvo aplicación. Supuso un gran avance, y es tremendamente progresista para la época en la que es redactada, a  pesar de su intransigencia en algunos aspectos como la religión, que se explica por la necesidad de que el clero se situara junto a las Cortes durante la Guerra de Independencia. A pesar de ello, tuvo gran influencia y muchas constituciones posteriores se inspiraron en gran parte en esta, lo que demuestra su importancia en la historia.