sábado, 27 de mayo de 2017

CONSTITUCIÓN DE 1812

La Constitución de 1812 fue la primera en la historia de España. Tras la Revolución Francesa en 1789, Carlos IV se unió a una coalición militar contra Francia, y tras ser derrotado, por la Paz de Basilea de 1795 España queda subordinada a los intereses franceses. En 1807, por el Tratado de Fointainebleau España autorizaba a Francia a invadir Portugal a través de España. Pero el ejército napoleónico fue ocupando plazas estratégicas y ocupando la Península. Napoleón obligó al rey Carlos IV y a su hijo Fernando VII a abdicar en su hermano, José Bonaparte. Convocó Cortes en Bayona, donde se aprobó el Estatuto de Bayona, una carta otorgada de contenido reformista y liberal. Tras el levantamiento de Madrid el 2 de mayo de 1808 se generalizó la revuelta. Los patriotas crearon juntas, que se aprovecharon del vacío de poder, que crearon la Junta Central Suprema que reconoció a Fernando VII y asumió la autoridad hasta su retorno. Esta Junta convocó Cortes y, en una consulta, los españoles señalaron a los gobiernos de Carlos IV como responsables de la crisis. La Junta no pudo sobreponerse a las derrotas militares y fue reemplaza por una regencia encabezada por el obispo de Orense, que convocó Cortes en Cádiz, única ciudad que resistía el asedio. Se acordó que estas serían unicamerales, y fueron inauguradas en septiembre de 1810, aprobándose que eran depositarias de la soberanía nacional y que ejercía en poder representando a los ciudadanos de la nación, y reconocían a Fernando VII como rey.

Momento de la promulgación de la Constitución de 1812

El 19 de marzo de 1812 aprobaron la primera constitución de la historia española. Reconocía la soberanía nacional, que recaía en las Cortes, que ejercían el poder en representación de los ciudadanos. Se definían los derechos del ciudadano (de petición, de educación y de propiedad), las libertades civiles (de pensamiento, opinión e imprenta) y la igualdad jurídica y fiscal a través del reparto proporcional de los impuestos. La estructura del Estado correspondía a una monarquía limitada, con una división de poderes. El poder legislativo recaía en las Cortes, elegidas por sufragio universal masculino para mayores de 25 años por un sistema de elección indirecto, en varias instancias electivas (parroquia, municipio y provincia). Poseían la potestad de elaborar leyes, aprobar los presupuestos y tratados internacionales y comandar al ejército. Se reunían anualmente y se nombraban por períodos de dos años y no eran reelegibles inmediatamente. El cargo de diputado era incompatible con el de ministro. El poder ejecutivo recaía en un gobierno elegido por el monarca, que era la cabeza de este, y que intervenía en la elaboración de leyes a través de la iniciativa y la sanción, y tenía veto suspensivo durante dos años. El poder judicial recaía en los tribunales, con jueces inamovibles, derechos penales y procesales y códigos únicos en materia civil, criminal y comercial, que creaban garantías en los procesos. El estado se organizaba territorialmente en municipios y provincias, incluidos los territorios americanos, cuyos ciudadanos (incluidos los indígenas) eran considerados ciudadanos. Se reconocía la confesionalidad católica del Estado, prohibiendo expresamente cualquier otra confesión. Se creaba el ejército nacional, con un servicio militar obligatorio y se regulaba la Milicia Nacional, un cuerpo de ciudadanos armados dispuestos a defender el liberalismo frente a quien se opusiera a su desarrollo. Se establecía la libertad económica con la supresión de los gremios, abolición de los señoríos, libertad de cercado de tierras para poner fin al predominio ganadero de la Mesta, libertad de industria y de contratación y desamortización de las “manos muertas”, bienes de nobleza, Iglesia y ayuntamientos que no podían venderse. También se garantizaba la seguridad individual a través de la inviolabilidad del domicilio y abolición de la tortura, así como una enseñanza primaria obligatoria.


Como conclusión, esta constitución supuso la ruptura con el Antiguo Régimen, estableciendo los principios liberales, aunque debido al contexto apenas tuvo aplicación. Supuso un gran avance, y es tremendamente progresista para la época en la que es redactada, a  pesar de su intransigencia en algunos aspectos como la religión, que se explica por la necesidad de que el clero se situara junto a las Cortes durante la Guerra de Independencia. A pesar de ello, tuvo gran influencia y muchas constituciones posteriores se inspiraron en gran parte en esta, lo que demuestra su importancia en la historia.

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